Pueden Embargar la Asignación Universal por Hijo?
04/08/2017 - Actualizado: 06/12/2017
Pueden Embargar la Asignación Universal por Hijo?
Te pueden Embargar la Asignación Universal por Hijo? La prioridad que ha establecido la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) es que se cumpla sus obligaciones para con los jubilados y pensionados.
Podrán embargarse las Asignaciones Universales por Hijo?
En los días de Mauricio Macri se repite lo que ha sucedido en los tiempos que estuvieron los Kirchner, y entonces la Anses se la usa para las actividades distintas a su objetivo principal, a su vez, hay enormes denuncias que no cumplen en forma fehaciente con los jubilados y pensionados, de hecho, se sabe que se está apelando a todos y cada uno de los fallos que se dictan como favorables para los abuelos de nuestro país, y así postergar los pagos.
Mientras tanto el titular de la Anses, aparece en la televisión hablando y / o publicitando los préstamos hipotecarios que ofrece actualmente el organismo a los titulares que perciben el beneficio de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
A su vez, con respecto a ello hay novedades, dependiendo de IPSECi, ya que "El decreto inconstitucional con el que Macri promueve créditos al consumo permitirá quede ahora en más las Asignaciones Universales por Hijo (AUH) sean embargadas".
El pasado 18 de Julio del corriente año, el presidente de los 40 millones de argentinos firmo un decreto denominado como Decreto de Necesidad y Urgencia (516/2017) que debería ser derogado por inconstitucional, ya que está atenta contra el idea principal con el que se ha creado la Asignación Universal por Hijo (AUH), y además por establecer un precedente legal y peligroso para el embargo de dichas asignaciones sociales.
Según se establece desprendidamente de los considerandos del Decreto 1602 / 2009 que le dio origen a la Asignación Universal por Hijo (AUH), en primer lugar resulta imprescindible denotar que la “Asignación Universal por Hijo para la Protección Social consistirá en una prestación monetaria no retributiva de carácter mensual, que se abonará a uno solo de los padres, tutor, curador o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado por cada menor de DIECIOCHO (18) años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando se trate de un hijo discapacitado”.
“Que el otorgamiento del beneficio se somete a requisitos que deberán acreditarse para garantizar la universalidad y a la vez preservar la transparencia, condicionándolo al cumplimiento de los controles sanitarios obligatorios para menores y a la concurrencia al sistema público de enseñanza”.
A lo que queremos llegar es a que se trata de un beneficio de ayuda social literalmente destinado a paliar o asistir una situación de vulnerabilidad de los niños, niñas y adolescentes, el cual se encuentra sujeto a la promoción de su cumplimientos de los controles de salud, planes de vacunación y la correspondiente y adecuada escolaridad.
Embargar la Asignación Universal por Hijo