¿Como hago para recibir la nueva ayuda económica de $20571?
05/05/2021
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¿Cómo hago para recibir la nueva ayuda económica de $20571?
ANSES dio a conocer RENNYA (Programa Reparación económica para las niñas, niños y adolescentes). Esta nueva ayuda económica tiene como objetivo acompañar a quienes perdieron a sus madres a causa de violencia por motivos de genero, y dará un pago mensual de $20571 pesos a jóvenes de 18 a 21 años.
Quienes lo pueden cobrar: hijos/as en los casos que
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- El padre/madre o progenitor/a afín (pareja de padre/madre) haya fallecido a causa de violencia intrafamiliar y/o de género, siendo ésta determinada por la autoridad judicial.
- La persona victimaria haya sido procesado/a y/o condenado/a con sentencia firme.
- Se haya declarado extinta la causa penal por la muerte del acusado en el marco de la investigación por homicidio del progenitor/a.
Requisitos:
- Ser menor de 21 años, y sin limite de edad para los/as hijos/as o hijos/as afín con discapacidad al momento en que se produce el hecho.
- Ser Argentino/a o residente con una residencia interrumpida mínima de dos años
- El hecho debe haber ocurrido en territorio argentino.
¿Cuál es la documentación a presentar para cobrar la nueva ayuda económica?:
Del hecho:
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- Partida/certificado de defunción, testimonio o sentencia/resolución de presunción de fallecimiento.
- Copia del auto procesamiento, auto de elevación a juicio oral o sentencia de condena firme, de acuerdo al Código Procesal Penal de cada provincia, donde figuren todos los datos de la causa por disposición del Tribunal Penal interviniente, por haber participado del delito de femicidio/homicidio. En caso de fallecimiento/suicidio del/de la autor/a del femicidio/homicidio, resolución o archivo de culminación del proceso que tenga la extinción de la acción penal.
Del hijo/a o hijastro/a:
- En caso de residentes/extranjeros/as, documentación que acredite la residencia mínima por dos años.
- Partida de nacimiento o documentación que acredite el vínculo con la madre/padre.
- En el caso de personas con discapacidad, Certificado Único de Discapacidad vigente.
- En el caso de que el fallecimiento sea del/de la progenitor/a afín, el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad podrá solicitar con posterioridad de iniciado el trámite, un certificado originado o emitido por el juzgado interviniente u organismo local de niñez que acredite domicilio real de los hijos/as afín de la víctima del hecho.
Del representante:
- Testimonio o copia de la sentencia o del Certificado de Guarda/Tutela/Apoyo con representación o Adopción/ Curatela expedido por autoridad judicial.
- En caso de guardas administrativas expedidas por el Organismo Provincial de Niñez, sentencia de homologación judicial.
Formularios:
- Descargar los tres formularios desde: https://www.anses.gob.ar/sites/default/files/formulario/2019-11/Formularios%20Ley%2027452%20nov19.pdf
- Formulario 1 – Listado de documentación. Será completado por el agente de ANSES el día del turno.
- Formulario 2 – Solicitud de Ley 27.452. Deben completarse los cuatro rubros y ser firmado frente al agente de ANSES para que certifique la firma de quien solicita la reparación.
- Formulario 3 – Acta de compromiso sobre la utilización de fondos con carácter de Declaración Jurada Ley 27.452. Deben completarse todos los espacios y ser firmado frente al agente de ANSES para que certifique la firma de quien solicita la reparación.
- Importante: Presentar los tres formularios por cada hijo/a o hijo/a afín ya que la reparación económica es individual.
¿Cómo realizar el trámite?
- Si tenés dudas sobre cómo iniciar el trámite o conoces a alguna persona que necesite iniciarlo, podés comunicarte al (011) 4015-1165
- Por correo electrónico a infanciasygeneros@anses.gov.ar. Esta modalidad se mantendrá mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio.
- Si ya lo iniciaste y querés consultar su estado, ingresá a https://tramitesadistancia.gob.ar (con tu DNI y el N° de trámite que figura en el DNI), o comunicate a la línea 144.
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Yo trabajé desde los 15 hasta el año pasado alquilaba .después no lo pude aser vivo en una casa prestada.lo que cobro de jubilación l mínima no me alcanza para comer
Cuando nos ban a aumentar lo que necesitamos los jubilados para poder comer y pagar los servicios etcétera...ahunque sea a 25.mil porque menos de 19 mil .no me alcanza.. para comer y vivir dignamente. Tengo 70 años.cerre elnnegocio que vendía ropas hace un año .nesesito una ayuda...