Si aún no va a la escuela, ¿debo presentar la Libreta de la Asignación Universal por Hijo?

28/01/2017 - Actualizado: 06/12/2017

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  1. Si aún no va a la escuela, ¿debo presentar la Libreta de Asignación Universal por Hijo?

Si aún no va a la escuela, ¿debo presentar la Libreta de Asignación Universal por Hijo?

En el mes de Enero la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) ha dado por habilitada la presentación del Formulario PS 1.47. Motivo por el que hemos recibido muchas consultas por parte de beneficiarios de la prestación AUH que desean saber si tiene que presentar o no la Libreta de la Asignación Universal por Hijo si aún este no asiste a la escuela. Por lo tanto, debido a la demanda de respuestas a esta cuestión es que decidimos hacer este artículo en el que aclararemos si tienen o no que cumplir con este requisito.

Entre el primer y último día hábil de cada año, los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo se encuentran en el deber de presentar el Formulario Libreta en Anses. De esta manera se trata de demostrar que se ha cumplido debidamente con los controles médicos pertinentes para la edad del niño el régimen de vacunación nacional y la asistencia a clases si su edad lo requiere.

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Una vez que se cumpla con la presentación de la libreta, el organismo que actualmente se encuentra a cargo de Emilio Basavilbaso procederá a liquidar el 20 % que se le retiene mensualmente a lo largo del año anterior. Este pago, se lleva a cabo dentro de los 2 y 6 meses de cumplida la presentación y el titular tendrá la posibilidad de acceder a un reclamo si pasados los 90 días Anses no le liquida la retención.

Una enorme duda que poseen los beneficiarios es que si tienen o no tienen que presentar la Libreta de la Asignación Universal por Hijo si el niño no asiste a la escuela y / o jardín. La respuesta a ello es que sí, todos los beneficiarios de la AUH tienen la obligación de cumplir con este requisito, de no hacerlo Anses procederá a la baja automática del beneficio y se pierde por consiguiente con el derecho de reclamar lo retenido.

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