Asignación por hijo/ hijo con discapacidad
29/06/2015 - Actualizado: 06/12/2017
Asignación por hijo/ hijo con discapacidad
Asignación por hijo: Esta es la suma de dinero mensual (por cada mes) que se paga al trabajador en relación de dependencia por cada hijo menor de 18 años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando se trata de un hijo con alguna discapacidad.
Asignación por hijo
Se paga a uno solo de los progenitores/guardadores/tutores o curadores a la persona, preferentemente a las madres.
Requisitos que debe reunir
El hijo tiene que vivir en el país, ser menor de dieciocho (18) años y soltero. Puede ser hijo matrimonial o extramatrimonial, adoptado o estar en Guarda, Tenencia o Tutela establecida por Autoridad Judicial o Administrativa competente. El pago corresponde aunque éste trabaje en relación de dependencia o perciba cualquier otro tipo beneficio de la Seguridad Social.
El hijo discapacitado tiene que vivir también en el país, contar con Autorización expresa de ANSES y ser soltero. Puede ser hijo matrimonial o extramatrimonial, adoptado o estar en Guarda, Tenencia o Tutela establecida por Autoridad Judicial o Administrativa competente. El pago corresponde aunque el hijo discapacitado trabaje en relación de dependencia o reciba cualquier otro tipo de beneficio de la Seguridad Social. Para el hijo discapacitado no existe límite de edad alguno para el cobro de esta Asignación por hijo.
Puede ser divorciado, separado legalmente o viudo y estar bajo la “curatela a la persona”. Cuando el discapacitado sea mayor de edad y no tenga madre ni padre ni curador, se pagara la Asignación por hijo con Discapacidad al pariente por progenie o aproximación cuya obligación alimentaria, en los términos de los artículos 367, 368 y 370 del Código Civil sea ostensible o examinada por una Autoridad Judicial competente.