ANSES: Desempleados pueden cobrar hasta $79.000
28/04/2023
La Prestación por Desempleo es ofrecida por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a aquellos que desempleados han sido despedidos sin justa causa. El plazo para su tramitación es de hasta 90 días después de la finalización de la relación laboral. Si se realiza después de dicho plazo, se descontará un día de prestación por cada día hábil transcurrido.
Básicamente, se trata de una ayuda económica que se otorga a las personas que han sido despedidas sin justificación alguna y se encuentran desempleadas. Según lo informado por el organismo nacional, los beneficiarios podrán seguir siendo parte de su obra social y recibir asignaciones familiares.
Requisitos para poder cobrar la Prestación por Desempleados
Los trabajadores permanentes deberán cumplir con el requisito de haber trabajado con aportes durante al menos seis meses en los tres años previos al despido o finalización del contrato.
Por otro lado, los trabajadores eventuales y de temporada deberán acreditar haber trabajado menos de doce meses en los tres años anteriores, pero más de noventa días en el año previo a la finalización del trabajo.
¿Cómo se solicita?
- Presentando telegrama de despido
- Carta documento o nota del empleador con firma certificada
- Documento Nacional de Identidad (DNI)
Documentación necesaria
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- DNI original y copia.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
¿Cómo hago para cobrar $79.000 para desempleados?
Las personas que reciban la Prestación por Desempleo y hayan adoptado recientemente a un hijo, podrán solicitar el pago de $79.918 correspondiente a la Asignación de Pago Único por Adopción. Estas ayudas económicas pueden ser percibidas una sola vez cada dos años y varían en función de tres valores diferentes, dependiendo de la situación familiar:
- Matrimonio con Ingreso del Grupo Familiar (IGF) de hasta $316.731, se pagan $20.011.
- Nacimiento con IGF de hasta $316.731, se pagan $13.363.
- Adopción con IGF de hasta $316.731, se pagan $79.918.
Requisitos de la Asignación por adopción
- En caso de adopción, se debe realizar dentro de los 2 meses y 2 años de haberse dictado la sentencia.
- Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes.
- Se requiere el DNI de las madres y padres involucrados en la adopción.
- Se debe presentar la sentencia de adopción correspondiente.
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Hola yo quiero cobrar estoy desempleada y no cobro nada